La licitación pública , es un procedimiento administrativo que consiste en una invitación a contratar de acuerdo a bases previamente determinadas con la finalidad de obtener la oferta más beneficiosa para la administración
Ventajas:
1- Se evita, en la mayoria de los casos, la corrupción de los servidores públicos que tienen la competencia de contratar, y la de los particulares.
2- La necesaria concurrencia de los particulares puede generar un beneficio importante, para la administración licitante, que puede obtener de esa competencia un mejor precio.
3- Los licitantes controlaran el procedimiento, pudiendo oponerse mediante los recursos administrativos pertinentes, si la licitación se desarrolla en forma anormal.
Inconvenientes:
1- Lenlitud
2- La licitación no garantiza , necesariamente, obtener la oferta más conveniente
3- De todas maneras pueden existir acuerdos fraudulentos
Principios Básicos de la Licitación
El Banco reconoce y adopta los principios básicos de la licitación pública que son publicidad, igualdad, competencia y debido proceso. El principio de competencia tiene por objeto asegurar la participación del mayor número de oferentes calificados, para que los Prestatarios puedan obtener las mejores condiciones que el mercado pueda ofrecer. Para que exista una competencia efectiva, los participantes deben ser considerados en pie de igualdad. Este principio implica evitar todo tipo de preferencia o discriminación que favorezca o perjudique a unos en detrimento o beneficio de otros. Según el principio de publicidad, el acceso a la información relativa a una licitación debe estar abierto a todo contratista, no sólo en la etapa inicial de participación, sino en la de apertura de sobres y aclaraciones. Por último, para que exista debido proceso, la legislación local debe prever procedimientos que posibiliten una amplia discusión de las controversias y permita a los oferentes tanto realizar impugnaciones procedente como defenderse de las que se les hagan.
Objetivo Fundamental:
Preservar el petrimonio público, asegurar la transparencia de las actuaciones de la administración pública, de manera de coadyuvar al crecimiento sostenido y diversificado de la economía mediante la modernización de las modalidades de selección de contratistas
Ámbito de aplicación de la ley:
1- Los órganos y entes del poder público Nacional, Estadal, Municipal, Central y Descentralizado
2- Las Universidades Públicas
3- El Banco Central de Venezuela
4- Las asociaciones civiles y sociedades mercantiles en cuyo patrimonio o capital social, tengan participación igual o mayor al 50%
5- Las fundaciones constituidas por cualquiera de las personas a que se refieren los numerales anteriores o aquellas en cuya administración éstas tengan participación mayoritaria.
6- Los concejos Comunales o cualquier otra organización comunitaria de base que maneje fondos públicos.
1 comentario:
Este tema es un poco controversial en nuestros días, por aquellos de que cada actividad que realiza el estado en pro de la colectividad, debe estar sustentada mediante un proceso que haga ver a la luz pública la forma en que se toman decisiones e invierten los fondos del estado. Las licitaciones en clase me parecieron una forma clara de mostrar un trabajo transparente cuando se cumplen a cabalidad.
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